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Municipio de PV, en Riesgo de Amonestación Pública, por no  Actualizar  y Publicar Información Oficial: ITEI

miércoles, 7 de febrero del 2018

Leticia Arana

Toda vez que hasta ahora sigue sin actualizar y publicar oportunamente, es decir cada mes, información relativa a comisiones edilicias como la de Inspección, el Ayuntamiento de Puerto Vallarta, nuevamente fue requerido y exhortado a realizarlo en un plazo no mayor a 30 días, afirma a cuestionamiento de este medio, la comisionada presidenta del ITEI, Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales, Cynthia Cantero Pacheco:

“…Se está requiriendo al Ayuntamiento de Puerto Vallarta, y se da por no cumplido el recurso, porque hace falta que publique en su página de Internet …-… Presidenta , para cuanto tiempo tendrían que dar respuesta ..?-..Se les da un tiempo de 30 días, a partir de que se les sea notificado…-…ya se le notificó…?-…No, el día de hoy resolvimos, tenemos tres días para notificarle, a más tardar el próximo lunes…-… Que sucederá presidenta, si no se atiende…?-… Como recordarán , Puerto Vallarta, en este momento está en la atención de 109 recursos de transparencia que le fueron presentados el pasado mes de diciembre, algunos han salido cumplidos, otros les hace falta actualizar la información y esperaríamos que se pongan al corriente lo antes posible…”

Precisa que esto es producto de una denuncia u observación ciudadana, al no ver satisfecha su petición o derecho a estar informado sobre lo que debe publicar , cualquier sujeto obligado, en este caso, el ayuntamiento vallartense :

“…En ese sentido los recursos de transparencia, lo que hacen es denunciar la omisión, ya sea de la falta de publicación total o de la actualización, no es justificación, que se si encuentre publicada la información, lo que se requiere es que esté actualizada, mes con mes, de acuerdo al Estado de Jalisco ….”

Advierte que si la autoridad municipal, representada por el alcalde, Arturo Dávalos, no atiende en un mes este exhorto, se haría acreedor a amonestación pública, multa por reiterado incumplimiento y en extremo, el arresto administrativo:

“…Todos los que son recursos de transparencia incumplidos, las sanciones recaen sobre los titulares, en este caso, son los presidentes municipales…-…De cuánto sería…?-… Sería amonestación pública la primera llamada de atención, se le da otro plazo para que cumpla, en caso de incumplimiento, es multa y si vuelve, s i continúa con el incumplimiento, se determina arresto administrativo…”
Recuerda que la multa económica, según la gravedad o grado de incumplimiento, oscila entre los once mil 200, y los 113 mil pesos

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