Leticia Arana
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Guadalajara, Jalisco
Porque así lo dispone la normativa constitucional, corresponde a los municipios sanear sus aguas residuales, y para ello deben etiquetar o garantizar el recurso económico, enfatiza, en exclusiva para este medio, Magdalena Ruíz Mejía, titular de la Secretaría del Medio Ambiente y Desarrollo Territorial, al acusar que muchos Ayuntamientos en Jalisco, siguen omisos en esta materia, provocando que 85 por ciento del recurso hídrico en la entidad siga sin ser potable, o derivado a plantas tratadoras, cuya operación también se mantiene paralizada:
“…El 115 Constitucional le da la responsabilidad del agua a los municipios en su tratamiento de sus aguas residuales, y los municipios no tienen las capacidades técnicas, operativas, administrativas, presupuestales de infraestructura y si el Estado se las provee, como ha pasado históricamente en todo el país, se le deja una planta de tratamiento pero no hay una capacidad financiera ni técnica para mantener, y el municipio tendría que reconsiderar todo su proceso de administración o de solución operativa para que administrara eso como una prioridad…- entonces secretaria de su presupuesto, los municipios tienen que etiquetar una partida para la operación de sus plantas…?-… Así es, y no es así, o sea ahí tenemos esta estadística en donde nos dice que si bien se puede dar una planta de tratamiento, después estas se convierten en plantas obsoletas porque el municipio no está en condiciones de mantenerlas…”
Destaca la necesidad de cambiar esos enfoques, promover acciones de innovación tecnológica para tener otros modelos de manejo del agua, sin embargo, reitera, es responsabilidad del municipio solucionarlo, o bien ante su incapacidad, está obligado a ceder tal encomienda a organismos operadores como el SIAPA, previa modificación al artículo 115 Constitucional, así como firmar convenios estratégicos, acciones que ninguno, en estas condiciones, ha emprendido.
Finalmente, subraya de manera aclaratoria, que el tratamiento de las aguas residuales, compete a los municipios, al Estado, supervisar instrumentos y seguimiento de contingencias, y a la Federación, vigilar y sanear Cuencas.