Leticia Arana
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Guadalajara, Jalisco
Toda vez que la otorgación del aguinaldo, es una prestación a que tiene derecho todo trabajador por estar contemplado en la Ley, y siempre que así se encuentre pactado en su contrato colectivo, este debe entregarse sin rezago o condicionamiento, afirma el Secretario Estatal del Trabajo, Eduardo Almaguer Ramírez, al anticipar que se instalará módulo especial en la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, a partir del 20 de diciembre próximo, para además de orientar al respecto, recibir y resolver quejas o demandas de empleados que no lo hayan recibido:
“…Quienes tienen derecho al aguinaldo?..desde que tienes un mes de trabajo, el 1.5 día de pago laboral .Si cumples 12 meses, tienes derecho a por lo menos 15 días de aguinaldo; si el día 20 no te lo han pagado, entonces aquí pueden acudir, habrá personal de guardia todo el periodo vacacional..”
Precisa que a fines de 2013, registraron 47 quejas, dando inicio a un proceso mediante el cual se buscó el mejor de los acuerdos para las partes involucradas, a fin de dar cumplimiento a este derecho otorgado una sola vez al año.