Carolina Gómez Aguiñaga
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Puerto Vallarta, Jalisco
La aclaración de la suspensión concedida por el Tribunal de lo Administrativo de Jalisco en el tema del nuevo Reglamento Orgánico de Puerto Vallarta es para que no se revoquen los nombramientos del Secretario General y el Director de Participación Ciudadana.
“Con la finalidad de no generar confusión entre la sociedad del Municipio de Puerto Vallarta, así como evitar incertidumbre en la vía jurídica de su propio ayuntamiento, se debe atender lo ordenado en las respectivas medidas cautelares concedidas por el Juzgado Quinto de Distrito en Materia Administrativa y de Trabajo en el Estado, bajo los números expedientes de amparo 2336/2012 y 2427/2012, respectivamente.
Por tanto, en atención a lo ordenado por el citado Juzgado Federal y por los argumentos antes vertidos, se realiza la aclaración de la suspensión concedida por esta segunda sala, en los siguientes términos: Se determina que la medida cautelar concedida a la parte actora de este juicio, tendrá como objeto mantener las cosas en el estado que actualmente guardan, esto es, para que las autoridades demandadas actúen conforme a las disposiciones normativas al nuevo Reglamento Orgánico del Gobierno y la Administración Pública del Municipio de Puerto Vallarta, así como abstenerse de revocar los nombramientos otorgados al Director General de Participación Ciudadana y por el Secretario General”, apunta la notificación.
El regidor perredista Miguel Ángel Yerena Ruiz explicó que lo anterior quiere decir que el alcalde Ramón Guerrero solo podrá utilizar el nuevo reglamento en cuanto a las funciones del secretario general Antonio Pinto y el Director de Participación Ciudadana Héctor Gallegos, pero no lo demás.