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Ordena ITEI a Supremo Tribunal de Justicia publicitar información

martes, 23 de octubre del 2012

 

 

El Pleno del Consejo del Instituto de Transparencia e Información Pública del Estado de Jalisco (ITEI) ordenó al Supremo Tribunal de Justicia publicitar información fundamental.

El ITEI informó que declaró el recurso de transparencia en contra del sujeto obligado Supremo Tribunal de Justicia de Jalisco, por considerar que incumple publicar información en su página de internet, en lo relativo a:

Remuneraciones mensuales por puesto, incluido todas las prestaciones, estímulos o compensaciones de los servidores públicos.
Además de balances generales y los estados financieros mensuales, de cuando menos los últimos seis años; viajes oficiales, su costo, itinerario, agenda y resultados.

Así como inventarios de bienes muebles e inmuebles del sujeto obligado, de cuando menos los últimos seis años, donde se señalen cuando menos la descripción, el valor, el régimen jurídico, y el uso o afectación del bien.

Así como sentencias definitivas y que hayan causado estado, de los asuntos jurisdiccionales llevados ante los órganos judiciales, de cuando menos los últimos 10 años, proteger la información confidencial y reservada.

Subrayó que dado que el Consejo advirtió la publicación del resto de los puntos que se denunciaron, se acordó declarar parcialmente fundado el recurso de transparencia.

Además de requerir al Supremo Tribunal de Justicia del Estado que en el plazo de 30 días hábiles posteriores al que surta efectos la notificación de la presente resolución, publique y actualice de manera completa la información señalada.

Resaltó que también se determinó dar vista a la Secretaria Ejecutiva para que inicie procedimiento de responsabilidad administrativa en contra del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, a efecto de determinar si el incumplimiento de la obligación de publicar información fundamental, constituye alguna infracción a la Ley de Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios.

Destacó que la resolución del recurso se votó de manera unánime por los miembros del Consejo, salvo el punto relativo a las sentencias definitivas y que haya causado estado, de los asuntos jurisdiccionales llevados ante los órganos judiciales, de cuando menos los últimos 10 años, y proteger la información confidencial y reservada.

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