El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación asestó un duro revés al PAN luego de que revocó el método de elección de ese partido para que pueda designar candidatos de manera directa en 141 de los 300 distritos en juego para el próximo año, así como diputados plurinominales y hasta candidatos a senadores en 24 entidades.
Ello, justo a unas horas de que en el PAN se emitiera la convocatoria para la Presidencia de la República, Senado y diputados, pero que se aplazó de último momento en espera de la resolución del TEPJF sobre una serie de impugnaciones a lo que fue llamado por un sector importante de panistas como “un dedazo”.
Incluso los aspirantes presidenciales del PAN Josefina Vázquez Mota y Santiago Creel criticaron el elevado número de candidaturas que la dirigencia panista se había reservado.
Y es que bajo el argumento de la violencia que se presentaba en varios estados, o bien conflictos internos que impactaban la unidad del PAN, el CEN blanquiazul avaló semanas atrás el acuerdo para reservarse 141 de los 300 distritos en disputa, así como la reserva de 24 de las 32 entidades para los cargos al Senado.
Pero por unanimidad, ayer los magistrados dieron marcha atrás a esos argumentos y coincidieron en asegurar que se viola el derecho de votar y ser votado de los mil 400 panistas que impugnaron, pues los hechos de violencia no tenían una relación inmediata y directa con los métodos de elección y que los supuestos conflictos de unidad estaban indebidamente sustentados.
El magistrado Flavio Galván explicó que dicho método de elección del PAN no se apega totalmente a sus estatutos, pues el blanquiazul justificó su decisión con la existencia de “conflictos graves” en diversos estados del país; sin embargo, no los explicó ni se advirtió que esos hechos fueran atribuibles a la militancia del PAN.
“No hay compatibilidad entre los argumentos generales que sustentan el acuerdo y los casos que prevé la normativa del partido”, estableció el magistrado.
Además, agregó, con estos acuerdos no se garantiza tampoco la equidad de género, ni se explicó la relación entre diversos conflictos y la unidad partidista.
Por lo tanto, se revocó ese método de selección de candidatos y sólo quedó firme el estado de Guerrero por ser el único que cumple con los requisitos establecidos en los estatutos para imponer la designación directa, ya que en esa entidad el blanquiazul registró una votación menor a 2%.
Los magistrados determinaron que el PAN deberá fundamentar la determinación del pasado 18 de octubre sobre la designación directa de candidatos a cargos de elección popular.
fuente: cronica.com.mx