Leticia Arana
Puesto que intentar prolongar la existencia, mediante terapias o medicamentos, soportando en la mayoría de los casos, intenso dolor, frente a una enfermedad terminal, o sin expectativa de recuperación, resulta estar muerto en vida, es necesario reformar el artículo cuarto de la Constitución Política de Jalisco, a fin de que se autorice legalmente, el derecho a morir dignamente, previa decisión personal, propone mediante iniciativa,diputado de Hagamos, Enrique Velázquez González:
“…Esta es una iniciativa que lleva por nombre “Vida y Muerte Digna”, porque la vida y la muerte, están ligados; implica la rendición exhaustiva del derecho vigente de forma tal que la dignidad se convierta en la columna vertebral de los derechos humanos. El artículo cuarto de la Constitución política de Jalisco, dispone que el Estado reconoce, protege y garantiza el derecho a la vida, garantía de ese derecho, pero también de tener condiciones de una vida digna, hasta el momento en que se verifica su muerte. Este derecho comprende entre otras cosas, la atención a la salud, el derecho a conocer un diagnóstico de la enfermedad, así como su pronóstico, el derecho a una segunda opinión, el derecho a exigir perecer en casa o en instalaciones hospitalarias, el derecho a elegir la soledad o la compañía, el derecho a solicitar o recibir servicios religiosos , el derecho del paciente de elegir a la persona que lo represente, el derecho a adecuación terapéutica, el derecho al cuidado paliativo, y el derecho a la eutanasia activa …”
Precisa que la atención deficiente al dolor, brindado institucionalmente, de ninguna manera debe entenderse como causa de la eutanasia, toda vez que los cuidados paliativos acertados, no se contraponen con la decisión personal de anticipar el fin de la vida. Refiere que, de acuerdo con la Organización Mundial de la salud, alrededor de 40 millones de personas anualmente, necesitan cuidados paliativos y de estas, casi 80 por ciento son de países con ingreso bajo y mediano. Esta propuesta, añade, busca explorar, valorar, justificar y proponer el reconocimiento del derecho humano a la dignidad, hasta el momento en que se presenta la muerte; de esa manera, el derecho a la eutanasia, subraya, significa el derecho humano interdependiente e indivisible, por tanto, este es concordante con la vida, el orden natural, paz social, existencia y humanidad.
Finaliza que el objetivo de esta iniciativa, es evitar la obligación de hacer vivir a otro en contra de su voluntad u obstaculizar la decisión libre y autónoma de dejar de existir.