Redacción
Prensaglobal.com
En la vida existen situaciones trágicas que todos quisiéramos evitar, sin embargo, en ocasiones no es posible. Así, sabiendo que las familias pueden pasar tragos amargos, desde el Infonavit
buscamos hacer todo lo posible para facilitar el tránsito sobre un evento traumático como es la desaparición de un ser querido.
Si un familiar tuyo se encuentra desaparecido y tiene activo un crédito con el Infonavit, hay cosas que puedes hacer para evitar que la deuda siga creciendo y que tu familia tenga mayores
preocupaciones económicas.
Dentro del Instituto existen actualmente protocolos de acción a implementar en caso de que algún acreditado sea víctima de desaparición forzada o que sea víctima de algún siniestro tras el cual no pueda ser localizado. Aquí te explicamos el proceso.
Si eso ocurre, lo primero que debes hacer es avisar a las autoridades y obtener una Declaración de Ausencia. El Instituto reconoce tres vías posibles para obtener este documento:
1. El inicio de una averiguación previa por la desaparición del acreditado o acreditada, dentro de la Fiscalía General de la localidad en la que te encuentres.
2. La presentación de una queja por escrito ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos por la desaparición del acreditado o acreditada.
3. Escrito presentado ante el Juez Civil por la declaración de ausencia del acreditado o acreditada.
Una vez que cuentes con cualquiera de las tres opciones anteriores debes acudir a tu Centro de Servicio Infonavit (Cesi) más cercano con el original o copia certificada del documento y hacer un
escrito en el que solicites la aplicación de una Prórroga Promocional. Con esto el Instituto da inicio al procedimiento.
¿En qué consiste el apoyo?
La Prórroga Promocional tiene una vigencia de 12 meses y puede renovarse todas las veces que sea necesario, siempre y cuando se acredite la ausencia del acreditado; con ello, el crédito se mantiene estático, es decir, la deuda no aumenta, no genera intereses y se pausa el pago de la mensualidad, mientras se localiza a la persona desaparecida, se obtiene la declaratoria de fallecimiento o la declaratoria de presunto fallecimiento.
En cada entidad del país varía el tiempo en el que se puede obtener la declaratoria de fallecimiento o presunto fallecimiento, pero no te preocupes, la prórroga que te ofrecemos se puede tramitar de manera ilimitada, es decir, no importa cuánto tiempo pase, te acompañamos.
Lo único que debes hacer es actualizar de manera anual ante el Instituto el estatus de la queja ante la CNDH o ante la Fiscalía, para poder mantener los beneficios de la prórroga. Es de suma importancia que nos notifiques de los avances para evitar que se reanuden los cobros.
Las declaratorias de presunto fallecimiento tienen la misma validez jurídica que un acta de defunción, lo que significa que al obtenerla ocurre lo mismo que cuando un familiar muere: se acaba la deuda.
¿Qué pasa con los créditos en conjunto?
Si tramitaste un crédito con una persona que se encuentra en calidad de desaparecida, al solicitar la prórroga se detiene el cobro de la deuda de esa persona, pero el porcentaje correspondiente a tu deuda se sigue cobrando sin cambios.
Esto aplica para créditos en conjunto como Unamos Créditos, o el Crédito Conyugal. Al obtenerse
la declaratoria de fallecimiento, la parte proporcional de la propiedad pasa a los beneficiarios establecidos por la persona fallecida.
Si el crédito se emitió con alguna institución financiera, es importante que consideres que la prórroga solo aplica al monto otorgado por el Infonavit.
Si necesitas más información, acude a tu Centro de Servicio más cercano. También te invitamos a consultar infonavitfacil.mx y llamar al Infonatel, al 800 008 39 00, desde cualquier parte del país.