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Divorcio Express en Jalisco, Permitirá Contraer Nuevas Nupcias, sin Esperar un Año : CM

miércoles, 30 de septiembre del 2020

Leticia Arana

Toda vez que previamente se aprobó el Divorcio Administrativo que agiliza el trámite, diputados en Comisión de Puntos Constitucionales del Congreso, avalaron  reformas al Código Civil de Jalisco, a fin de que se concrete el Express, pues además de posibilitar contraer nuevas nupcias antes de un año, elimina varios requisitos, siempre que no existan hijos, afirma Presidenta de tal fracción, Claudia Murguía:

“… Elimina algunos requisitos  respecto del  divorcio  administrativo, como es el ser mayor de  edad, para poder promoverlo, el requisito de la plática ante el DIF, que era muy indispensable para  también poder aprobar el divorcio administrativo y quitar el requisito de dejar pasar  un año para poder volver a contraer matrimonio, son las reformas a los artículos 405 bis y 420  del Código Civil. El objetivo primordial  del divorcio, pues cuando no hay hijos, cuando tienes menos de cierta temporalidad casado, es justamente evitarte  el tema de los procesos ante  las instancias judiciales. Entonces si la finalidad del divorcio administrativo, es agilizar el trámite, pues es básicamente un trámite, no tenía razón de ser que los requisitos de las pláticas o  el de ser mayor de edad, porque ya puedes contraer matrimonio, estuvieran previstos en el Código; son algunas adecuaciones que no se habían tocado, pero con esta reforma, dejan mayor claridad  y le dan  mayor celeridad a ese trámite…”  

Precisa que sin la eliminación de requisitos antes mencionados, generalmente un trámite de divorcio entre parejas sin descendientes, se prolongaría varios meses. Refiere que esta figura  entrará en vigor, una vez  aprobadas tales modificaciones en el pleno legislativo  y sea publicada en el Diario Oficial. Añade que el Divorcio Administrativo, encaminó al Express y tiene diversos beneficios, como  proceder sin responsabilidad legal o parcialidad, toda vez que las parejas  en común acuerdo, lo deciden sin presiones, al no existir bienes en común, ni  haber procreado hijos; es un atajo, añade, que otorga la ley en aras de evitar un proceso por demás desgastante ante  juzgado civil.  

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