Leticia Arana
Con algunas modificaciones al Código Penal de Jalisco, diputados en el Congreso, aprobaron con 33 votos a favor, dictar hasta cinco años de prisión y pérdida de custodia, según el daño físico, a quienes agredan o infrinjan golpe severos a menores de edad, con el argumento de educación, confirma, Hernán Cortés Berumen, diputado panista, promotor de denominada Ley “Antichancla”, que desecha el maltrato infantil, como derecho de corrección:
“… Y ya no pudiera decidir o estar cerca del menor, para poder tomar las decisiones sobre él, incluso con el asunto de la custodia o de tenerlo físicamente, también habría una repercusión en ese sentido, la intención es separarlo para que no siga siendo abusado. En lo penal tendrá que determinarse respecto a la proporcionalidad del daño, tendrá que ver con los criterios, porque no es lo mismo que salga en un criterio, cuatro o cinco nalgadas, respecto a otro niño donde pueda dejarlo tirado, casi inconsciente, ese evidentemente tiene una pena corporal de privación de la libertad…”
Precisa que la denuncia tanto por la vía civil como penal, podrá presentarla cualquier persona, que tenga plena certeza sobre el maltrato de un menor de edad. De acuerdo con las modificaciones al artículo 580, destacadas en el dictamen, se establece que:
“queda conferido el derecho, deber y responsabilidad de cuidar, criar y aplicar la corrección disciplinaria de manera prudente y moderada a sus hijos, a través de la crianza positiva en los términos de la normatividad vigente, lo que de ninguna manera podrá ser a través de cualquiera forma de maltrato o violencia que atente contra la dignidad humana, quedando prohibido el castigo corporal severo e innecesario; así como la obligación de observar una conducta que sirva a éstos, de buen ejemplo, garantizándoles su bienestar físico y emocional, así como la promoción del ordenado desarrollo de su personalidad con el fin de educar de forma armónica y positiva”.
El legislador, presidente de la Comisión de Asistencia Social, añade que, con esta nueva normativa, ineludiblemente, serán sujetos de sanción penal, los padres de familia, o tutores, que incurran en castigos corporales contra infantes, ello, en atención a sus derechos humanos y el bien superior de la niñez.