Leticia Arana
Prensaglobal.com
Guadalajara, Jalisco
Con penas carcelarias de hasta 15 años y multas que oscilarían en los 51 mil pesos, diputados de la Comisión de Puntos Constitucionales, Estudios Legislativos y Reglamentos del Congreso, aprobaron iniciativa del Verde Ecologista, PRI y PAN, respectivamente, para reformas al Código Penal Estatal, a fin de tipificar como delito, el denominado “sexting” o Porno Venganza, así como incitación, a través de las redes sociales, hacia autoflagelación e incluso producir daño mortal, confirma la presidenta de la citada fracción legislativa, Rocío Corona Nakamura:
“…Antes de hacerlo, tienen que pensarlo dos veces, piensen en sus padres, hermanos y amigos , porque una vez que se sube la imagen a internet, es casi imposible bajarlo, se pierde el control, pasa de mano en mano, de celular a celular, de computadora a computadora y en menos que canta un gallo, todo mundo se da cuenta, se entera dónde estaba, con quien estaba, que estaban haciendo y como lo estaban haciendo. En el sexting o porno venganza, pueden presentarse tres supuestos, primero, cuando el agresor reproduce imágenes en físico, en fotocopias o fotografías, las reparte o exhibe entre compañeros o amigos ….”
Tras precisar que México, ocupa el primer lugar por incidencia de “sexting”, en América Latina, indica que entre los perjuicios más lamentables, se encuentra “el grooming“, el cual consiste en que un adulto con propósitos sexuales, se hace pasar por un niño o adolescente para engatusar, engañar y envolver a un menor de edad, y de acuerdo a la estadística, al menos uno de cada siete infantes, en el país, ha recibido este tipo de solicitudes:
“…Es un depredador sexual, manipulador, chantajista que atrapa a su víctima y la hace cometer actos aberrantes, ellos no se conocen, pero se llegan a conocer a través de la mentira; cuando el corruptor contacte y manipule a la víctima, personal y directa, en un parque o saliendo de la escuela, se impondrá pena de tres a seis años de prisión y multa de cien a 200 veces el valor de la unidad de medida de actualización, que traducida en pesos, va de siete mil 549 pesos a 15 mil 098 pesos; cuando el depredador haga uso de las tecnologías de información, la pena será seis a doce años de prisión y multa de 250 a 550 veces, del valor de la medida de actualización, es decir de 18 mil 872 pesos, hasta 41 mil 519 pesos…”
Del mismo modo, destaca que los acosos detectados como el mal llamado juego “ballena azul “ que propone a sus participantes, generalmente adolescentes, 50 retos a cumplir, para llegar incluso al suicidio como propósito final, así como el “Abecederario del Diablo” práctica sádica y peligrosa, mediante la cual se obliga a incautos producirse heridas por cada letra, también se tipifican como delitos, para lo cual dictarán de tres a diez años de cárcel a sus instigadores.