viernes , 22 noviembre 2024 Contacto: redaccion@prensaglobal.com | Publicidad: ventas@prensaglobal.com| Cel. 322 22 856 67

Juicios Orales, de Ninguna Manera, Promueven la Exoneración de Delincuentes: DEL

jueves, 11 de agosto del 2016

Leticia Arana
leticiaarana@prensaglobal.com
Prensaglobal.com
Guadalajara, Jalisco

La percepción que se tiene de promover la libertad de delincuentes en lugar de hacer valer sanciones penales a través de los juicios orales, cuyo propósito fundamental, está en la presunción de inocencia, siempre que no se demuestre lo contrario, es errónea, pues en este esquema de lo que se trata es devolver la dignidad y autoestima del infractor o responsable delitos menores, al enfrentar su proceso en libertad, lo que motiva a una readaptación más tangible, además de permitir resarcir o reparar el daño, afirma, en exclusiva para este medio, el Juez Primero de Control de Juicios Orales del Sexto Distrito, en Ciudad Guzmán, Daniel Espinoza Licón :

“… Es una mala percepción, que es lo que sucede, en el sistema tradicional siempre se buscaba que la persona estuviera detenida, que estuviera privada de la libertad, en este nuevo modelo de hacer justicia, bajo la presunción de inocencia se busca siempre desde la libertad, pero ese es punto central del modelo; yo no puedo presumir que seas culpable y tenerte detenido, yo no puedo presumir la inocencia y tenerte detenido…”

Aclara de acuerdo a lo que señala la ley, delitos de alto impacto como secuestro, violación, homicidio, deben atenderse con prisión preventiva oficiosa.

Para el caso anterior, debe analizarse que no exista presunción de riesgo de fuga, que tampoco prevalezca peligro para la víctima, testigos o comunidad y que se pretenda obstaculizar el proceso, de ahí que si no se afectan estos puntos, es argumento suficiente para dejarlo en libertad, pero con supervisión, a través de una unidad de medidas cautelares.

Indica que a la fecha, en Jalisco, solo se han celebrado cuatro juicios orales, tres en Ciudad Guzmán y otro en Tepatitlán.

En otro tema, y a propósito del curso de capacitación a elementos de seguridad privada, para el esquema de juicios orales, indica que como vigías personales, su función como auxiliar de primer respondiente policial, no debe ser rebasada, pues para ello se requiere recabar datos de prueba sobre huellas del delito que solo corresponde al uniformado integrante de una comisaría.

Reseña que a nivel nacional, el servicio de seguridad privada, es atendida por alrededor de 12 mil elementos .

Scroll To Top