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Cambios a la Ley del Registro Civil de Jalisco, Agilizarán Solución a Errores en Actas de Nacimiento: AGMO

jueves, 7 de julio del 2016

Leticia Arana
leticiaarana@prensaglobal.com
Guadalajara, Jalisco

Con los cambios o reformas a diversos artículos de la Ley del Registro Civil en Jalisco, se podrá solucionar de forma más barata expedita o rápida toda solicitud sobre aclaración o rectificación de actas por errores ortográficos u de omisión, ya sea en apellidos, nombre, y abreviaturas como el M de Jesús, Ma. Eva, J. de Jesús, esto a fin de facilitar todo trámite legal o de comprobación a identidad que enfrente cualquier persona, precisa su promotora, la diputada de MC, presidenta de la Comisión de Desarrollo Municipal del Congreso, Adriana Gabriela Medina Ortíz, quien asegura que con ello, dejará de recurrirse a un juicio, que es lento y costoso:

“…Estamos proponiendo es que se reformen los artículos 125, 127 y 128 de la ley del Registro Civil y el 758 del Código de Procedimientos civiles para que el oficial registro civil, haga esas aclaraciones, haga esas rectificaciones para que la ciudadanía se quite un peso de encima…” Refiere que en los últimos tres años, se han presentado en Jalisco, alrededor de 12 mil 522 aclaraciones ante el oficial del registro civil, en tanto que suman mil 869 sentencias sobre rectificación en el documento ante jueces, muchas de las cuales se desechan por desistimiento ante lo oneroso y tardado del procedimiento, por lo que ya no concreta ninguna modificación.

Subraya mediante tal reforma se establecerá que solamente sea el oficial del registro civil, el único facultado tanto para hacer aclaraciones leves como aquellas rectificaciones sustanciales a actas de nacimiento, en cuestión de días, y no meses o años.

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