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Vehículos en Corralón, producto de Fraude, Deben quedar Exentos del Pago de Resguardo: JACHA

viernes, 24 de febrero del 2023

Leticia Arana

Aunque la Ley de Ingresos de Jalisco 2023, estipula que no debe cobrarse la cuota de resguardo en corralón, de vehículos producto del delito de robo, resulta injusto que propietarios de aquellos retenidos por fraude, deban pagar montos altos para liberarlos o recuperarlos, debido a la dilación o burocratización del trámite, sostiene diputado panista, Jorge Antonio Chávez Ambríz, al proponer iniciativa, que modifique tal legislación, para eliminar citado cobro a estos:

“…Tenemos que enfrentar un Estado apático, inmóvil, perezoso, un Estado que solo se mira así mismo y al ciudadano no lo mira, si no es para imponerle sanciones, multas, trámites por los que por supuesto pueda cobrarle. Así, como si la persona, no fuera el centro de la actividad del Estado y el motivo único de su existencia. Lo peor, viene cuando juntamos estas dos situaciones en la misma persona. Cuando a alguien que fue víctima de cualquier delito, lo tratamos con la clásica indiferencia del Estado, cuando le reciben la denuncia, más no investigan, cuando pierde un vehículo y el Estado no lo busca, cuando es el ciudadano, el que tiene que ir personalmente a buscar su vehículo a los depósitos y encontrarlo para que ahora si vean que pueden hacer para regresárselo y, cuando por supuesto, para entregárselo, debe entregar una gran cantidad de dinero, pues el vehículo llevaba meses en el corralón, sin que nadie le informara nada, a la persona afectada…”

Expresa que tal situación, enoja y llena de impotencia al ciudadano, que no encuentra soporte en una Ley, que condona el pago de servicio de guarda de los vehículos que estaban en un centro de custodia por robo, pero irónicamente, no de fraude, siendo ambos delitos, un injusto social, con la misma afectación patrimonial de las víctimas. Reitera que resulta incongruente una normativa, que contempla dos resultados diferentes. El Estado, añade, no puede revictimizar a quien sufre un delito, cualquiera que éste sea, y si tiene en resguardo un vehículo que fue recuperado luego de ser objeto de delito, no debe cobrar al propietario del mismo, no entenderlo así, agrega, es no entender que está siendo beneficiario del delito, en perjuicio de la ciudadanía.

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