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Congreso de Jalisco Efectúa Desafuero de Magistrado para Penalizarlo

miércoles, 26 de enero del 2022

Leticia Arana

Por mayoría, el Congreso de Jalisco, erigido como jurado de procedencia, aprobó retirar el fuero, al magistrado del Supremo Tribunal de Justicia Estatal, José de Jesús Covarrubias Dueñas, a quien le fue también retirado el cargo, para que sea sujeto de proceso penal, por presuntamente abusar sexualmente de una adolescente, en mayo del año pasado, confirma diputada presidenta de la Mesa Directiva legislativa, Priscila Franco Barba:

“…Concluyó ya este proceso en el que erigió  como juzgado de procedencia, el Congreso del Estado de Jalisco, y por una votación unánime, digamos de 31 votos de los asistentes,  y de quienes podían participar en el votación, exceptuando la comisión de responsabilidades, se tomó la determinación por la Asamblea, de que si ha lugar a la declaratoria de procedencia de juicio penal en contra de José de Jesús  Covarrubias Dueñas, en su carácter de magistrado del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco, en este momento a partir de esa declaratoria que generó el Congreso, se separa de su cargo de su función, y es entonces en este momento que él  puede ya, ahora sí, ser enjuiciado, tener este proceso penal por las autoridades competentes  y los tribunales competentes…”

La sesión extraordinaria a puerta cerrada del pleno, para determinar dicho proceso, inició a las cinco de la tarde del martes, y concluyó por la madrugada de este miércoles.  
A esta, acudió el fiscal estatal, Gerardo Octavio Solís Gómez, quien manifestó que se acató la normatividad legal instrumentada para este tipo de casos, por lo que ahora corresponderá a la autoridad judicial, iniciar procesamiento penal, al presentarse todas las causales o datos de prueba, que permitan judicializarlo y posteriormente, emitirse orden de aprehensión, de encontrar culpable, al ahora ex funcionario:

“…En esta sesión, se expusieron exhaustivamente, los datos de prueba para satisfacción de los diputados, que conocieran la opinión del Ministerio Público para llegar a esta conclusión favorable para las circunstancias. Alegó la defensa sus opiniones jurídicas y procesales, fuimos retirados del recinto para una deliberación interna y posteriormente, informados verbalmente de la decisión. Yo notifico al Ministerio Público que integró la carpeta, para los efectos de que la agregue, que conste la decisión de esta soberanía, y a partir de ese momento el Ministerio Público, queda habilitado para tomar la siguiente decisión, que sería acudir ante el tribunal correspondiente para judicializar el asunto. El Ministerio Público, determinará, dado que las circunstancias, el procedimiento establece en estas hipótesis, una doble fórmula que puede ser, la imputación mediante cita o en su defecto una solicitud de orden de aprehensión…”

Indica que el señalado, se mantiene localizable para que reciba cualquier notificación judicial, una vez agotadas las diligencias administrativas.  Sostiene que el amparo tramitado, a fin de evitar o frenar el procedimiento legislativo y judicial en su contra, fue desechado, pues el Tribunal Federal, no le otorgó la suspensión provisional, lo que dejó en aptitud, al Congreso Estatal para proceder como jurado de procedencia, y emitir el desafuero correspondiente. Así mismo, garantiza la inexistencia de algún otro recurso que obstaculice todo accionar judicial.  El procedimiento, agrega, se cumple a cabalidad, porque tiene como antecedente, un rigor bien cuidado, como establece la Ley. 

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