Leticia Arana
Ante omisiones y negligencias, deficiente conducción de los primeros respondientes policiales, incorrecta judicialización e integración de carpeta de investigación, se emite Recomendación 2/21, al alcalde de Puerto Vallarta, Arturo Dávalos Peña, por caso de abuso sexual, físico y psicológico, a cargo de Luis Alonso “N”, ex titular de Recursos Humanos de la Comisaría Municipal, contra una menor de diez años de edad, en julio del año pasado, confirma, la Comisión Estatal de los Derechos Humanos.
Del mismo modo, esta defensoría, destaca que se giró misma observación, a la Fiscalía Estatal, al no ofrecer inicialmente, argumentos sobre grado de vulneración que puede sufrir una menor, ante el abuso sexual infantil, como una de las formas más graves de violencia contra niñas, niños , con efectos devastadores para su vida, lo que permitió al imputado, solicitar el beneficio de la suspensión condicional del proceso, para continuar su procedimiento penal en libertad, lo que después rectificó, con el auto de vinculación, tanto por el abuso sexual descrito, como por el delito de corrupción de menores, previsto y sancionado por el Código Penal de Jalisco.
Cabe recordar que el 26 de julio de 2020, referido ex funcionario, subió con engaños a su auto, a la pequeña, para llevarla a un paraje solitario, en periferia de la colonia Salitrillo, donde la desnudó y tocó partes íntimas. En cierto momento, al ver proximidad de patrulla, salió del vehículo, mostrando nerviosismo, que motivó acercamiento de los uniformados, quienes se percataron del hecho. Sobre este mismo suceso, el Supremo Tribunal de Justicia, a través del Consejo de la Judicatura, suspendió al juez, Jorge Luis Solís Aranda, quien dictaminó no responsabilizar al referido Luis Alonso “N”, con la excusa de que la pequeña agraviada, “no sintió placer”, situación que provocó indignación generalizada.
Por tal motivo, se pide a la citada Fiscalía, reparación integral del daño, mediante medidas de restitución, rehabilitación, compensación, satisfacción y garantías de no repetición que resulten procedentes, además de ofrecer atención psicológica especializada con perspectiva de género, a fin de que la víctima, supere el trauma o afectaciones emocionales, además de iniciar procedimientos de responsabilidad administrativa, en contra de los agentes del Ministerio Público involucrados.