sábado , 23 noviembre 2024 Contacto: redaccion@prensaglobal.com | Publicidad: ventas@prensaglobal.com| Cel. 322 22 856 67

Código Penal  de Jalisco, debe Tipificar como Delito, los Crímenes de Odio:  MFR

miércoles, 21 de agosto del 2019

Leticia Arana

Los crímenes de odio en Jalisco, por situación étnica, ideales, creencias religiosas, condición social, discapacidad y sobre todo, aquellos vinculados a preferencias sexuales, tienen sentencias laxas o ligeras, por adjudicarles, al menos sobre este último, motivos pasionales, de ahí la urgencia de que el Código Penal estatal, tipifique como delito tal fenómeno, enfatiza, Mariana Fernández Ramírez, diputada coordinadora de fracción priista en el Congreso, al proponer reforma que posibilite dictar hasta 40 años de prisión, por comisión del mismo:

“…Desgraciadamente no es un tema que visibilicen las fiscalías de todo el país o la Fiscalía del Estado, vemos notas periodísticas de que matan a un hombre vestido de mujer o todos los crímenes que vemos contra la diversidad sexual, los ponemos que son pasionales y eso ni siquiera está visibilizado en los temas de seguridad del Estado…”

Precisa que se proponen cambios al artículo 219, a fin de que también por lesiones, la penalidad llegue a siete años y medio, y en homicidio simple, aumente de 12 a 18 años; esta iniciativa, añade, busca el respaldo de todas las fracciones parlamentarias, durante su presentación ante el pleno, este viernes:

“….Porque no queremos que en Jalisco, haya más crímenes de odio a estos colectivos y sobre todo estas agresiones por estos temas…”

Detalla que a pesar de que en los últimos ocho años, nuestro país reporta 473 crímenes de odio, solo seis Estados cuentan con legislación en estos temas, y de ellos únicamente, Ciudad de México, Coahuila y Nuevo León, la tienen completa con respectivas reformas penales. Para el caso de Jalisco, agrega, la agravante de odio deberá comprobarse, cuando el criminal o sujeto activo de este delito, se exprese de manera personal en redes sociales u otro medio de difusión, destacando repudio, rechazo, desprecio, e intolerancia contra alguno de los grupos colectivos vulnerables al que pertenezca la víctima ,o bien, amenazas u acoso, pues esta Entidad no debe quedar omisa en la preservación de los derechos humanos y combate a la discriminación.

Scroll To Top