Agencias.-
Un juez federal con sede en Toluca dictó el segundo auto de formal prisión a Joaquín “El Chapo” Guzmán por delincuencia organizada.
Sin embargo, lo absolvió de narcotráfico al estimar que no había pruebas que lo vincularan con un cargamento de 500 kilos de cocaína asegurado en 2009.
Gutiérrez Guadarrama, Juez Quinto de Distrito en Procesos Penales Federales del Estado de México, determinó iniciarle un juicio al líder del Cártel de Sinaloa por el delito de delincuencia organizada, luego de valorar que la PGR ofreció los indicios suficientes para acreditar su probable pertenencia a una organización delictiva, con base en la causa penal 50/2009.
No obstante, en la misma causa el juzgador determinó que la Procuraduría no ofreció las evidencias necesarias para abrirle un proceso por delitos contra la salud en la modalidad de posesión de cocaína con fines de comercio, al no acreditarse su vinculación con un aseguramietno de media tonelada de alcaloides.
En este caso, “El Chapo” fue acusado de ser el propietario de 500 kilos de cocaína, asegurados el 24 de abril de 2009 en una casa de la calle de Tezozómoc 1327 de la colonia Los Pinos, en Mexicali, Baja California, donde también se incautaron 12 fusiles de asalto.
En el operativo del decomiso de la droga fueron capturados los ex agentes de la Policía Ministerial del Estado Adolfo Roa de Lara, “Roa”, y Hernaldo Villegas Delgado, “El Pelón”, así como Jorge Alberto Fuentes Madueño.
Según informes del Poder Judicial de la Federación, no fue acreditada a nivel de indicios la relación de Guzmán Loera con este cargamento de cocaína, razón por la cual le dictó libertad por un cargo de delitos contra la salud.
De cualquier forma, la delincuencia organizada por la que fue procesado es un ilícito grave por el que podría alcanzar una penalidad de 20 hasta 40 años de cárcel en caso de ser declarado culpable.