El Gobierno mexicano publicó una serie de disposiciones contra el lavado de dinero, que incluyen la obligación de las casas de cambio de reportar transacciones con sus usuarios, así como informar de “operaciones internas preocupantes”.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) divulgó en el Diario Oficial de la Federación, las disposiciones orientadas a “incrementar el nivel de adecuación de la norma vigente de acuerdo con los estándares internacionales para combatir el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo”.
De acuerdo con el documento, los centros cambiarios deberán elaborar y observar una política de identificación de usuarios, que deberá comprender medidas para la verificación y actualización de la información proporcionada por éstos.
También estarán obligados a reportar a la SHCP las “operaciones relevantes” que sus usuarios hayan realizado, entendidas como aquellas realizadas por un monto igual o superior al equivalente a 5.000 dólares estadounidenses.
Las transacciones de las que los centros cambiarios deberán informar incluyen asimismo las “operaciones inusuales”, es decir, las que no concuerden con los antecedentes conocidos del usuario “en función del origen o destino de los recursos, así como al monto, frecuencia, tipo o naturaleza de la operación de que se trate”.
En cuanto a las actividades internas de los centros cambiarios, las disposiciones los obligan a reportar actividades “preocupantes” de sus accionistas, propietarios, directivos, funcionarios, empleados y apoderados que pudieran contravenir la aplicación de la ley en cuanto a lavado de dinero y financiación del terrorismo.
En sus consideraciones para la instrumentación de las disposiciones, la SHCP argumentó que una de las estrategias más efectivas en la lucha contra la delincuencia organizada es “el menoscabo en el abastecimiento de sus recursos económicos”, ya que “la capacidad económica del crimen organizado es uno de sus principales apoyos para evadir la acción de la Justicia”.
Las nuevas disposiciones complementan las aplicadas por el Gobierno mexicano a partir de 2010, según las cuales las instituciones de crédito deben reportar trimestralmente a la autoridad financiera todas las operaciones en dólares que se realicen en efectivo.
Con base en los reportes, la autoridad se encargaba de identificar las operaciones consideradas como sospechosas o de riesgo.
Las reglas divulgadas hoy otorgan a los centros cambiarios más responsabilidad en cuanto a la identificación de dichas actividades y al seguimiento de los usuarios.
EFE